¿Cuándo se puede adelantar por la derecha?
Según el Reglamento General de Circulación (RGC) los adelantamientos deben hacerse por la izquierda. Se entiende esta norma derivada del artículo 31, que dice lo siguiente:
“Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha”.
También indica esta misma norma lo siguiente:
“Se podrá utilizar el resto de los del mismo sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga.”
La problemática que presenta el Reglamento General de Circulación es la amplia variedad de excepciones que muchas de sus normas presentan. En concreto, la de cuándo se puede adelantar por la derecha es una de las que más situaciones excepcionales plantea y, en consecuencia, de las que más dudas genera entre los conductores.
¿Se puede adelantar por la derecha en ciudad?
La cuestión principal es que se considera de forma general que no puede adelantarse por la derecha. En autopistas y autovías esto es casi una norma inquebrantable (luego veremos excepciones) y mucha gente lo deriva automáticamente a la ciudad, pero no es equivalente.
Los artículos 82 y 83 del RGC son los que indican de forma específica la regulación de los adelantamientos y también incluyen las excepciones.
En concreto, se puede adelantar por la derecha en ciudad “dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales”. Por descontado, siempre de una manera segura para ese vehículo y el resto de conductores.
¿Se puede adelantar por la derecha en una autopista?
La norma sobre si se puede adelantar por la derecha en una autopista o en una autovía es bastante más estricta, pero aun así presenta excepciones:
- Si el vehículo que adelantas se va a la izquierda.
- Si en un atasco o por densidad de circulación, tu carril derecho va más rápido que el izquierdo. En estos casos, en realidad, se considera rebasamiento.
¿Cuándo no se puede adelantar por la derecha?
La mejor forma de aplicar la normativa es considerar cualquier otra situación que no sea una de las descritas como incorrecta, si lo que hacemos es adelantar por la derecha.
No obstante, las sanciones económicas asociadas a determinadas situaciones, exponen con mayor claridad cuándo no se puede adelantar por la derecha:
- Cuando en cualquier carretera lo hacemos sin suficiente espacio para la seguridad propia y del resto de conductores.
- Cuando en cualquier carretera el conductor que nos precede no ha indicado de forma clara (con intermitentes) que se va a desplazar hacia la izquierda.
- Cuando en ciudad o poblado lo hacemos en calzadas de varios carriles y ponemos en peligro a otros usuarios.
- Cuando en ciudad o poblado cambiamos de carril sin tener en cuenta que los vehículos ocupan toda la anchura de la calzada.
Cada una de estas situaciones implica, además, una multa de 200 euros. Ahora bien, no restan puntos.
Los casos en que sí veremos reducir nuestro carnet en cuanto a puntos, además de la multa correspondiente, son los siguientes:
- Al adelantar en túneles cuando solo hay un carril para cada sentido.
- Al adelantar en puntos de visibilidad reducida.
- Al adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a vehículos en sentido contrario.
- Al adelantar poniendo en peligro a ciclistas, sin dejar el espacio suficiente.